OFICIO No. CGEByN.DTS.2010/113
Asunto: CIRCULAR.
Santa María Ixcotel, Santa Lucía del Camino, Centro, Oax., a 22 de Abril de 2010.
Y PERSONAL DIRECTIVO DE TELESECUNDARIAS
P R E S E N T E S.
Con la finalidad de acatar la circular no. 09/2010 emitida por la Coordinación General de Personal y Relaciones Labores, en la que se establece que "los pagos retroactivos únicamente procederá por 45 días naturales anteriores a la fecha en que se genere el pago…"; solicito a ustedes que todo personal que esté propuesto para cubrir interinatos de gravidez, licencias prejubilatorias, etc., asimismo bajo el régimen de honorarios, deberá presentarse en tiempo y forma ante esta instancia, para realizar su trámite de Alta.
Por lo anterior, les solicito que NO se envíe al personal (interinos) a los Centros de Trabajo sin antes repórtalos o darlos de Alta, considerando que de no ser así, podrán perder la retroactividad de sus pagos, de los efectos anteriores.
En espera que del cumplimiento a esta disposición, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.
JEFE DEL DEPARTAMENTO
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